miércoles, 1 de octubre de 2014

NIFF
PROCESO DE CONVERGENCIA EN COLOMBIA

Por: Lucia Beltrán

Las Normas Internacionales de Información Financiera, son los estándares internacionales de contabilidad e informaciones financieras; traducidas como normas”, están compuestos por:
·        Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), en inglés, IAS (International Accounting Standards).
·        Las interpretaciones de las NIC, denominadas SIC (Standards Interpretations Commite).
·        Las Normas internacionales de Información Financiera (NIIF), en inglés, IFRS (International Financial Reporting Standars).
·   Las Interpretaciones de las NIIF, denominadas IFRIC (Internacional Financial Reporting Interpretation Commite).

La fundamentación  de las NIIF  se da a partir de: Una realidad económica que prima sobre la forma de las transacciones, un mayor nivel de revelaciones en las Notas a los Estados Financieros, el uso de técnicas financieras para valorar los activos y pasivos e introduce lo que conocemos como Valor Razonable  “Fair Value “, que contiene:
• Costo
• Valor de realización
• Valor de reposición
• Valor presente

Los cuales significan:
Valor Razonable o “Fair value”
Costo
• Es el valor de adquisición inicial de un bien o servicio (soportado con la factura del proveedor).
Valor de Realización

• Es el valor en que se cotiza un bien o servicio en un mercado activo en condiciones normales (no restricciones) .

Costo de Reposición

• Es el valor que costaría reponer un activo considerando las condiciones actuales.

Valor presente
• Valoración bajo flujo de caja descontado con base en la tasa de descuento de la Entidad.
Reconocimiento de Activos / Pasivos /Ingresos y Gastos
Se reconocen cuando:

1. La empresa ha transferido al comprador los riesgos y ventajas, de tipo significativo, derivados de la propiedad de los bienes;
2. La empresa tiene el control y derecho legal de la propiedad.
3. El importe de los ingresos ordinarios puede ser valorado con fiabilidad;
4. Es probable que la empresa reciba los beneficios económicos.
5. Los costes incurridos, o por incurrir, en relación con la transacción pueden ser valorados con fiabilidad.

Debemos basarnos en:
                   
Ley 1314 de 2009
Convergencia de NIC – NIIF en Colombia
La cual tiene las siguientes Características:
1. Emisor de las Normas, acabando con las atribuciones de las Superintendencias y otros organismos del Estado para un total de 39 emisores de normas contables que tienen actualmente 19 Planes únicos de Cuentas PUCS.
Se establece que los emisores bajo la dirección de la Presidencia para expedir normas son la Contaduría General de la Nación para el sector público y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio Industria y Turismo obrando conjuntamente para expedir normas señaladas.
2. Habrá por lo tanto un solo estándar contable.
Cedieron poderes las Superintendencias y la misma DIAN, despolitizando el proyecto y cediendo estos poderes al Consejo Técnico de la Contaduría.
3. Se establece la obligación de crear un régimen simplificado con cierto grado de escalabilidad.
4. Separación de las normas contables de las tributarias.
5. Se establece un plazo para su puesta en marcha(Fecha deseada 2011)
6. Se dan poderes una vez reestructurado al Consejo Técnico de la Contaduría y con recursos para su funcionamiento como ente idóneo para redactar las normas.
7. Se establece que igualmente la Junta Central de Contadores podrá ser reestructurada.
Fecha de implementación:

La primera revisión por parte del Consejo Técnico de la Contaduría deberá ser presentada dentro de los 6 meses siguientes a la promulgación de la Ley. Dicho plan, una vez revisado por los dos ministerios, deberá ejecutarse dentro de los 24 meses siguientes a la promulgación de esta ley.

Se debe tener en cuenta finalmente que las normas contables vigentes conservarán su vigor hasta que salga la nueva disposición expedida en el desarrollo de esta Ley.
Las normas expedidas en cumplimiento de esta Ley entrarán en vigencia el 1º de enero del 2º año gravable siguiente a la promulgación.



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